Ahora bien, interesa resaltar que cuando la norma in-comento hace referencia en su primer aparte, a que: ?El Juez o el Ministerio Público entregaran los objetos directamente o en deposito con la expresa obligación de presentarlos cada vez que sean requeridos?; nos está indicando que la entrega o no del bien solicitado, va a depender del Organismo que ostente o tenga la disponibilidad para el momento de la solicitud, debiendo por otra parte el solicitante consignar toda la documentación original que detente, para que una vez que se cumplan estos dos supuestos, el Tribunal maneje elementos que le permitan un pronunciamiento sobre la entrega o no del referido Vehículo, es por lo que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, EN FUNCIONES DE CONTROL N° 1, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve notificar al Solicitante y a la Representación Fiscal, previo a su pronunciamiento sobre la entrega o no del Vehículo solic.....