VI. DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente Medida Cautelar Preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar.
SEGUNDO: DECRETA la presente Medida Cautelar Preventiva De Prohibición De Enajenar Y Gravar, solicitada por Ienca Inversiones, C.A Sociedad Mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Mirando (hoy Distrito Capital), en fecha veintidós (22) de Noviembre de mil novecientos noventa (1990), bajo el N° 24, Tomo N° 69-A Pro, debidamente asistida por las abogadas Mariela del Carmen Mayaudon y Marbella Espinoza de Arteaga, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de i.....