En virtud de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1) CON LUGAR LA OPOSICIÓN a la Admisión formulada por la abogada Angelica Alfonsina Alfonzo Peralta, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 300.092, actuando en representación judicial del Síndico Procurador del municipio San Diego del estado Carabobo contra el Recurso Contencioso Tributario con solicitud de suspensión de efectos, interpuesto por los Abogados José Benito Peraza Rojas y Berardo Alfonso Ragua Bordones, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.656.389 y 25.960.057, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 274.737 y 311.532, actuando como apoderados judiciales de la ciudadana NATALIA FAJARDO MARZOLLA.
2) INADMITIDO el Recurso Contencioso Tributario con solicitud de suspensión de .....