-IV-
DECISIÓN
En mérito de todas las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA, intentada por la ciudadana YDELAY MAGALY MARTÍNEZ MOTA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-6.707.170, de este domicilio, asistida por la abogada CARMEN RAMONA YEGUEZ URBINA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 189.466, contra el ciudadano OSWALDO GRATEROL PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.269.112.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión conf.....