IV. DISPOSITIVA DEL FALLO
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia de homologación en los siguientes términos:
PRIMERO: Se imparte la respectiva HOMOLOGACIÓN del acto conciliatorio del 19 de Enero de 2023; conforme a los términos señalados y suscritos por las partes intervinientes, el Abg. GUILLERMO FELIPE CALDERA MARÍN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.129.484, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 14.118, Apoderado Judicial de la Sociedad de Comercio ADDIGRAINS, C.A. y, el Abg. SEBASTIÁN DANIEL HERGUETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-15.250.371, inscrito ante el IPSA bajo el Nº 135.553, en su carácter de Representante Legal de la sociedad de c.....