Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le otorga la Ley declara INADMISIBLE la demanda por Cobro de Costas y Costos Procesales, interpuesta por la abogada Lorna Coromoto Castro, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 62.050, contra la ciudadana NANCYS VICTORIA QUIÑONES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-5.440.981.
Publíquese. Registrase y Déjese Copia para el copiador de sentencias de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Se ordena la publicación de la presente decisión en la página WEB del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Región Carabobo.
.....