Corresponde a este Tribunal el conocimiento de la ejecución de la sentencia emanada del Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de CONTROL 3º Itinerante de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó en fecha 04/12/2008, al ciudadano PEDRO MANUEL TORRES ESCALONA, cédula de identidad Nº V-17.681.302, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de ley contenidas en el artículo 16 del Código Penal, por COMPLICIDAD EN LOS DELITOS DE EXTORSION y AGAVILLAMIENTO.
Este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en los artículos 482 y 484 del Código Orgánico Procesal Penal procede a ejecutar la referida sentencia definitivamente firme y en consecuencia, a realizar el computo de pena cumplida por el ciudadano PEDRO MANUEL TORRES ESCALONA tomando en consideración.....