TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO Mariara, 26 de Noviembre de 2014
204° Y 155°
Visto el anterior escrito recibido por distribución, signado con el numero, 350, presentado por los ciudadanos: JORGE JESUS CABRERA CALDERA Y EUDY MARINA RODRIGUEZ NUÑEZ, venezolanos, casados, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 16.130.208 y V- 15.977.472, respectivamente, asistidos por el abogado AQUINO TESTA BELLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 167.847. Désele entrada asígnele numero, anótese en el libro respectivo, en consecuencia, por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni a ninguna disposición expresa de la ley, SE ADMITE, cuanto a lugar en derecho, la presente solicitud contentiva de DISOLUCION DEL VINCULO MATRIMONIAL (DIVORCIO) 185-A, en tal sentido y cumpliendo con las disposiciones legales se ordena Notificar AL FISCAL .....