III
DECISIÓN
Por las razones y consideraciones anteriores, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la Solicitud de Justificativo de Testigo, formulada por la Ciudadana GRACIELA CARO FRANCO, en representación de NATARETH DEL CARMEN CABRERA AULAR venezolanas, mayores de edad, Titulares de la Cédula de Identidad Nº V-4.862.717 y 27.347.828, asistida por la Abogado en Ejercicio: MARIA SCARLET JIMENEZ GAMARRA, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 165.265, en virtud que no están llenos los requisitos de Ley en cuanto el Poder Otorgado de acuerdo el artículo 3 y 4 de la Ley de Abogados, en concordancia con 168, 899 y 341 del Código de Procedimiento Civil. Hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza del presente fallo.
Dada, fir.....