IV
DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente explanados este Juzgadora TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LACIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, y por Autoridad de la Ley. DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LAS CUESTIONES PREVIA OPUESTA DE LA EXCEPCIÓN CONTENIDA en los ORDINAL 2, 3,6 y, 11º DEL ARTÍCULO 346 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, por el Ciudadano: Abg. JOSE LUIS BRUDAS DIAZ, Apoderado Judicial inscrito en el Inpreabogado bajo Nº 213.624 del Ciudadano: TULIO ANTONIO GAVIDIA ESPAÑA, venezolano mayor de edad, Titular de la Cédula de la Identidad Nº V-4.467.015.
SEGUNDO: Por la especial naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Mu.....