Por lo antes expuesto, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EXTENSION PUERTO CABELLO, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION interpuesta por los ciudadanos ALFONSO RAFAEL LOPEZ Y LISBETH MILAGROS GAMERO a través de su apoderado Judicial; en consecuencia se CONFIRMA la decisión dictada el 21 de Marzo de 2013, por el Tribunal Tercero de Municipio de este Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en el expediente GN32-V-2011-000033, en la cual se Declaro Con Lugar la demanda de cumplimiento de contrato de opción de compra venta, intentada por la ciudadana Yolanda Teresa Bermúdez Barrios contra los ciudadanos Alfonso Rafael López y Lisbeth Milagros Gamero, identificados en el encabezamiento de la presente decisión.
SEGUNDO: .....