En orden a los razonamientos expuestos, éste Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer y decidir la apelación interpuesta por el ciudadano WUILDER JOSE RODRIGUEZ LAYA, debidamente asistido por la Procuradora Especial de Trabajadores abogada Eva Rodríguez, contra la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, en fecha 13 de agosto de 2012, a través de la cual declara inadmisible el recurso de amparo de conformidad con los artículos 18 y 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se declara.
SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano WUILDER JOSE RODRIGUEZ LAYA, debidamente asistido por la Procu.....