Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE, para conocer, sustanciar la presente Solicitud relativa al DIVORCIO, planteado por el Ciudadano ORANGEL CASTELLANO PERNIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.020.515 y de este domicilio, debidamente asistido por el Abogado LUIS ALBERTO BITRIAGO ESTEVEZ, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 151.300. SEGUNDO: En cuanto a su Admisión este Tribunal por auto separado proveerá lo conducente en la oportunidad legal respectiva.