Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Sede Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley Declara: SIN LUGAR la Solicitud de Calificación de Despido interpuesta por el ciudadano LUIS BRICEÑO, en contra de la Empresa PETRÓLEOS DE VENEZUELA, C.A., y ordena que una vez pasados los lapsos establecidos en la Ley, sin que la parte ejerza el recurso de apelación, se dé por terminado el presente asunto y se archive el expediente.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL REGÍMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. SEDE PUERTO CABELLO, a los veintiséis (26) días del mes de.....