DECISIÓN
En orden a los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero de Municipio del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello, a los fines de dictar sentencia considera después de un minucioso análisis de las actas procésales que rielan en el presente expediente y administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda intentada por el abogado RICARDO OSACR HERCULANO BASTIDAS MORENO, I.P.S.A. No 213.048 en su condición de apoderado Judicial de los ciudadanos DANIEL ALBERTO DAO DALALY, LILIAN RENNE DAO , IRENE TERESA DAO y CAROL LINDA DAO; por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO en contra del ciudadano JHONNY ENRIQUE LAUSSER, todos anteriormente identificados.
De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante..
Publíquese, Diarícese, Re.....