DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente Juicio por BOLÍVARES (PROCEDIMIENTO INTIMATORIO), incoado por los abogados YOLANDA CÁCERES MANTILLA y DIEGO JOSÉ PÉREZ SEQUERA, actuando en sus carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil SEVMOBILIA, C.A., contra la Sociedad Mercantil LABORATORIO CLÍNICO NORTE SALUD, C.A., en la persona de su Presidente ciudadano FERNANDO JOSÉ ARMAS PÉREZ, todos supra identificados. ASI SE DECIDE.
No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el Artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia, este Tribunal DA POR TERMINADO El PRESENTE PROCEDIMIENTO, y se ordena el Archivo del expediente. . Por consiguiente, devuélvanse los orig.....