En orden a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, deja aclarada ¿en los términos anteriormente expuestos- la sentencia de fecha veinticuatro (24) de abril de 2007, mediante la cual se declaró con lugar la demanda incoada por el ciudadano JOSÉ VICENTE MONTENEGRO contra LÍNEA BOQUERÓN, C.A. Téngase la presente aclaratoria como parte integrante de dicho fallo.