´DECLARA: TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTEMENTE DE PROPIEDAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 1 numeral "C" de la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, número 40.421, de fecha 28 de mayo de 2014, sobre unas bienhechurías a favor de los ciudadanos JHONNY JOSE MEDINA BLANCO y JOEL JOSE MEDINA BLANCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad N° V-11.354.730 y V-7.121.138 y de este domicilio, enclaustradas en un terreno privado que le corresponde al Instituto Nacional de Tierras Urbanas, ubicado en el Barrio Colón, Calle Los Chorros, Cruce con Avenida San Cipriano, Nro. 108-115, Municipio Naguanagua, estado Carabobo, el cual contiene la siguiente superficie: TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SIETE CENTIMETROS (367,67 Mts2). Con un área de construcción total de CIENTO CINCO METROS CUADRADOS CON DIEZ CENTIMETROS (105,10 Mts2), las cuales de las siguientes dependencias: seis (06) habitaciones, tres (03) baño.....