Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Superior del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Paolo Gallo I.P.S.A 84.427, contra la sentencia definitiva, de fecha 09 de julio de 2012, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de este Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en el expediente GH31-V-2011-000078.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 09 de julio de 2012, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de este Circuito Judicial, que declara Sin Lugar la demanda de Cumplimiento de Contrato de Servicios Profesionales y Daño Moral, intentada por la parte accionante Paolo A Gallo C. en el expediente Nº GH31-V-2011-000078, co.....