Decreta TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías que se determinan en el escrito de solicitud y que aquí se reproducen, con todos los derechos y atributos que la Ley Acuerda, DEJÁNDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS; atributos y derechos todos éstos declarados conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, tal como se pidió. Déjese copia certificada en los Archivos correspondientes de este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase todo en original con sus resultas a la parte interesada. CÚMPLASE.