II
DISPOSITIVA
En el presente caso se han cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 185-A del Código Civil en relación con la citada disposición y siendo la oportunidad legal para decidir, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, presentada, en fecha 01 de Noviembre del 2022, por el ciudadano BRACAMONTE CARUCI JOSE RAFAEL, venezolano, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.028.295, en contra de la ciudadana GUARAPANO RONDON NELLYS MARYLIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.732.449. En consecuencia, se Declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que los une desde fecha 03 de septiembre del 1994, Por ante el Registro Civil de la Parroquia Tocuyito, Municip.....