IV
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, de hecho y de derecho este TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Demanda por DESALOJO, intentada por la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA SEINCA S.R.L., domiciliada en la Ciudad de Valencia del Estado Carabobo, inscrita ante el Registro De Comercio que llevó el Juzgado Primero de Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 17 de Abril de 1970, bajo el N° 9, representada por su ADMINISTRADOR la ciudadana MARIA DE JESUS R. DE GIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.577.809, representada en este acto por su APODERADO, el abogado en ejercicio JESUS ERNESTO GONZÁLEZ MARTÍNEZ, inscr.....