Por todos los razonamientos expuestos, éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano, EDUARDO RAFEL RONDON SANCHEZ, contra la sociedad de comercio TAMBA BAY ACADEMIA DE BEISBOL TAMPA BAY A.C. por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
TERCERO: Se RATIFICA la sentencia recurrida.