Este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de los Ciudadanos y Ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud de Divorcio 185-A, del Código Civil formulada por los ciudadanos YURIBETH ELIZABETH GUILLEN ROMERO y CARLOS LUIS ARTEAGA GUEVARA venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nro. V-19.481.361 y V- 13.988.662 respectivamente, ambos de este domicilio y en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo Matrimonial que los unía desde el día 11 de Mayo de 2012, fecha en la cual contrajeron Matrimonio por ante el Registro Civil de las Parroquias San Blas, El Socorro y Catedral Municipio Valencia del estado Carabobo.
En cuanto a los bienes no hay bienes que liquidar.
Dada, firmada y s.....