Con fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Nelson Leal, debidamente inscrita por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matricula 74.336, con el alegado carácter de apoderado judicial de la demandada entidad de trabajo CORPORACIÓN ELECTRICA NACIONAL S.A. (CORPOELEC). Así se decide.
CONFIRMA la sentencia interlocutoria proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo-sede Puerto Cabello, en fecha 21 de junio de 2019, mediante la cual niega la solicitud de reponer la causa al estado de notificar a la Corporación Eléctrica Nacional S.A (CORPOLEC). Así se establece.
ORDENA remitir el pr.....