DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Superior del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Percefoni Apostolidis Xanthulis I.P.S.A Nº 30867 en contra de la sentencia interlocutoria dictada por el Tribunal Segundo de Primera de Instancia de este Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito, de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, de fecha 15 de Mayo de 2014.
SEGUNDO: SE MODIFICA la motiva de la sentencia interlocutoria dictada por el Tribunal Segundo de Primera de Instancia de este Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito, de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, de fecha 15 de Mayo de 2014, en los término.....