En razón de lo anteriormente expuesto este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: UNICO: ORDENA la INSPECCIONAR LOS LIBROS CONTABLES de la sociedad mercantil INDUSTRIAS DE PLOMO Y ESTAÑO PLOECA, C.A., designando para ello un Comisario ad hoc, a la ciudadana IVIS DE LAS MERCEDES RODRIGUEZ BENITEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.320.159, inscrita en el Colegio de Contadores Públicos del Estado Carabobo, bajo el C.P.C. Nro. 66.970, a quien se ordena notificar mediante boleta, para que dentro de los tres (3) días siguientes a la constancia de autos de la práctica de su notificación, comparezca a aceptar el cargo o excusarse, y en el primero de los casos preste el debido juramento de Ley. .....