en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de ley Declara: CON LUGAR el DIVORCIO, fundamentada en la Sentencia 1070, de fecha 09 de diciembre del año 2016, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de los ciudadanos: ADIASI JOYSA CARRERA HENRIQUEZ y CARLOS LUIS MONTILVA MONTILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro. V-12.473.211 y V-10.869.300, respectivamente y en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo Matrimonial que los unía entre sí, según acta de matrimonio insertada en los libros de matrimonio llevados por la Oficina de Registro Civil del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo tal como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio No. 294, tomo II, año 2003.
Particípese a la Oficina de Registro Civil respectiva así como al Registro Principal Civil del Estado Carabobo, una vez quede firme la sentencia y se decrete su ejecución.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada y fi.....