DECISIÓN
En orden a los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo-Sede Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: ÙNICO: Extinguido el proceso, iniciado por los ciudadanos GREGORY GUTIERREZ; PLACIDO MILANO; EDUARDO VARGAS, entre otros, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 18.563.220, 13.332.580, y 11.743.620, y de este domicilio, contra, AGENCIA DE RECURSOS HUMANOS PTC, C.A; AGENCIA NAVIERA MUNDIAL MARITIMA PUERTO CABELLO, C.A; ALMACO ALMACENADORA DE CONTENEDORES, C.A, y el ciudadano GONZALO CARNEVALLI LOYNAZ, titular de la cedula de identidad Nº5.531.128, domiciliadas en el Municipio Puerto Cabello del estado Carabobo, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.
PUBLIQUESE, REGISTRE.....