En mérito a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO, PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la abogada AGREDA G. HILDA M., actuando con el carácter de apoderada judicial del demandante: CARLOS JOSE RODRIGUEZ ZABOLOTNYJ, al comprobar esta Alzada, que logró probar parcialmente los alegatos de su representado. Así se establece.
SEGUNDO, PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación planteado por la abogada MARYURI MEZA, actuando con el carácter de apoderada judicial de la entidad mercantil ROYAL ESTIBADORES AGENCIAMIENTO Y SERVICIOS PORTUARIOS C.A., al comprobar esta Alzada, que logró probar parcialmente sus alegatos. Así se establece.
TERCERO, MODIFICA, la sentencia dictada por el Juz.....