este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada en la persona de su apoderada judicial abogada en ejercicio MARIA PINTO debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 108.346 según consta de instrumento poder autenticado en la Notaría Pública 3° del Municipio Chacao del Estado Miranda en fecha 05/09/2006 No. 60, Tomo 127 el cual consigna previa certificación,
Publíquese y Regístrese la presente decisión.-.
La Juez
Abg. GLADYS MIJARES LUY
La Secretaria,
Abg. ALEJANDRA GUZMANI
Apoderado Judicial de la Parte Demandada: