-IV-
DECISIÓN
En mérito de todas las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, formulado por los ciudadanos ANA SOCIRET PAREDES Y ANDERSSON WILLIAMS LADERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V-16.308.275 Y V-10.582.707, respectivamente y ambos de este domicilio.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído en fecha veintiuno (21) de diciembre del año mil novecientos noventa y cinco (1995), por ante el hoy Registro Civil de la parroquia Catia La Mar, municipio Vargas del estado La Guaira, asentada bajo el Nro. 135, folio 135, del año 1995.
TERCERO: Dada la naturaleza del prese.....