Este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, "DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO". Se deja constancia que por la empresa demandada MAKRO COMERCIALIZADORA, S.A., comparece su apoderado judicial abogado FELIPE BELOV, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 9.058, representación judicial que consta según instrumento poder y sustitución del mismo la cual constan a los autos. Es todo.
Publíquese y Regístrese, la Presente decisión. 208 ° y 159 °
EL JUEZ
Abogado JOSE GREGORIO KELZI
APODERADOS DE LA ENTIDAD DEMANDADA
EL SECRETARIO
Abogado DANIEL GARCIA