Este Tribunal verificadas como han sido, el cabal cumplimiento de cada una de las condiciones que le fueran impuestas al acusado: JOSE LUIS YOVERA ALFIN, venezolano, natural de San Felipe estado Yaracuy, de 45 años de edad, fecha de nacimiento 10-10-1970, titular de la cedula Nº V-7.147.652, hijo de Manuel Yovera (V) y Leonor Alfin (F), de estado civil soltero, de profesión u oficio taxista, residenciado en barrio Malagon, segunda avenida, entre calle uno y dos, cas Nº 20, final de la vivienda de barbula, Naguanagua, estado Carabobo, teléfonos: 0241-8675929 y 0426-1421844, en Audiencia de Juicio efectuada en fecha 11-02-2015, observa que resulta acreditado su total y cabal cumplimiento por parte del acusado, procediendo en consecuencia a decretar el SOBRESEIMIENTO de la causa de conformidad con lo establecido en el artículo 46 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 300 ordinales 3º y 5º ejusdem. Se ordena el cese la con.....