II
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Carlos Arvelo administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: LA PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la instancia conforme al encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, lo que origina la terminación del proceso iniciado por demanda de Indemnización por daños materiales derivados de accidente de tránsito incoada por el abogado VITO SCALA CASTELLANOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 141.086, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA JOSÉ YÉPEZ LOZADA en fecha 17 de marzo de 2016 contra los ciudadanos EDGAR ALEXANDER ARTEAGA VALDÉZ y JOSNEL SANTIAGO MORILLO MAYORA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nos. V- 12.821.566 y V.-11.836.858 respectivamente.
No hay conden.....