En virtud de lo precedentemente expuesto, Tribunal Decimo Primero de Primera Instancia de sustanciación, mediación y ejecución del trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con Sede en Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadanos WILMER ALEXANDER MONTERO SANCHEZ Y CESAR ENRIQUE MENDIOLA RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, identificados con la cédula de identidad No. 8.614.971 y 7.554.215,y CONSTRUCTORA OBRA TOTAL C.A y el demandado, ciudadano, SIGNORELLI JOSE en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada, SEGUNDO: ORDENA la remisión del expediente a la secretaría para efectuar los trámites procesales correspondientes al archivo del presente expediente.