Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la apelación interpuesta el 08 de agosto de 2007, por el ciudadano LEONARDO PASTORE GEORGIO, en su carácter de Presidente de la sociedad de comercio AGROPECUARIA SAN ANTONIO, C.A., asistido por la abogada MARIA LUISA PASTORE, contra el auto dictado el 02 de agosto de 2007, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en esta ciudad, que ratificó en todas y cada una de sus partes la medida de embargo preventivo decretada por ese Tribunal en fecha 16 de enero de 2006, contra bienes propiedad de la parte demandada.- En consecuencia, SE ORDENA al Tribunal de la causa, SUSPENDER los actos de ejecución de la m.....