En el presente caso, aprecia quien aquí decide que se han cumplido los requisitos procedimentales exigidos por el Artículo 185-A del Código Civil, por lo que de acuerdo con la citada disposición y siendo suficientes los documentos producidos al efecto, resulta forzoso para este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud, formulada por el ciudadano: ANGEL JUNIOR BOGADO GONZALEZ , venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-19.607.287 y en consecuencia queda DISUELTO el vínculo Matrimonial que lo unía con la ciudadana FRANELSY DESIREE HERAS SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-22.511.305, desde el día Quince (15) de Mayo del año Dos Mil quince (2015), contraído por.....