Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara bastante las probanzas para asegurarle a los ciudadanos CARMEN MARIA CARRASQUERO DE LOVERA, GERSON AGUSTIN LOVERA CARRASQUERO, GENESIS MARIA LOVERA CARRASQUERO y GENEZARETH MARIA LOVERA CARRASQUERO venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.159.275, V-19.890.581, V-19.890.590 y V-25.780.773 en su orden, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus AGUSTIN LOVERA, quien en vida fue titular de la cédula de identidad Nro. V-3.257.348, fallecido ab-intestato en fecha 21 de junio de 2021, en la Parroquia Fraternidad del Municipio Puerto Cabell.....