III
DECISIÓN
Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR la solicitud de suspensión de los efectos del acto administrativo previsto en el artículo 263 del Código Orgánico Tributario, interpuesta por los ciudadanos José R. Belisario R., David Sanoja Rial y Rosario Lai de Sousa, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Números 34.357, 48.268 y 122.099, en su carácter de apoderados judiciales de GENERAL MILLS DE VENEZUELA, C.A, contra los actos administrativos contenidos en las Resoluciones Administrativas Nros. SNAT/INTI/GRTI/RCNT/STIC/OC/2009/0021; 0022; 0023; 0024; 0026; 0027; 0028; 0029; 0030; del 01 de octubre de 2009 y Nros. SNAT/INTI/GRTI/RCNT/DFD/STIC/2009/031; 032; 033; 034; 035; 036; 037; y 038 del 05 de octubre de 2009, emanadas de la Gerencia Regional del Servicio Nacional Integrado de la Administra.....