Visto el contenido del escrito de fecha 22 de octubre de 2008, presentado por el abogado en ejercicio Eladio Tortolero en su condición de apoderado judicial de la empresa demandada K.B.T .C.A,, , inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 78.548, relacionado con la demanda incoada por los ciudadanos LUIS ALBERTO COLINA, AGUIRRE, RAMON JOSE MAYZ GONZALEZ, GREGORIO ALBERTO SIGALA GRABINA JOSE SANCHEZ SILVA ,Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad números,V-12.745.178, V-8.602.546,V-8.591.011, V-11.744.798, mediante el cual plantea un llamamiento en tercería de manera forzosa, a la empresa PDVSA S.A., por cuanto a su criterio "...la empresa Petróleos de Venezuela, S.A. tiene interés en el presente juicio..." "...la controversia planteada es común a la estatal petrolera y una eventual sentencia puede afectarlos por la condición de contratista..."; este Juzgado Décimo Primero de de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Eje.....