En mérito a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR el recurso de apelación planteado por el abogado CARLOS RAFAEL JHONGE ZAVALA, actuando en su carácter de apoderado judicial del demandante, ciudadano FRANCISCO ROMERO, al verificar esta Alzada, que no logró acreditar los fundamentos expuestos. Así se establece.
REVOCA la sentencia recurrida, en cuanto a la experticia ordenada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, en fecha 27 de enero de 2014, que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano FRANCISCO ROMERO, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO PUERTO CABELLO. Así se establece.
SIN LUGAR LA DEMANDA incoada por .....