Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la pretensión incoada por el ciudadano: EDMUNDO DEL VALLE VICENT RAMIREZ, titular de la cedula de identidad N° V- 8.462.235, en su demanda de Prestaciones Sociales contra VENEZOLANA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA, C.A., (VESEVICA),. En este estado el Tribunal deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia de la parte demandada VENEZOLANA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA, C.A., VESEVICA y en consecuencia se condena a pagar las cantidades siguientes: Total adeudado Bs.F.129.598,06 contra la demandada VENEZOLANA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA, C.A., VESEVICA, más lo que resulte de los intereses y de la corrección monetaria, dichos montos deberán ser calculados a través de la experticia .....