este Tribunal administrador de Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de ley Declara: CON LUGAR el DIVORCIO, fundamentada en la Sentencia 1070, de fecha 09 de diciembre del año 2016, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de los ciudadanos:DOMINGO ERNESTO PARRA AVILA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-10.228.243e YDALMIS COROMOTO DI DAMASO DE PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.138.013respectivamente y en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo Matrimonial que los unía entre sí, según acta de matrimonio insertada en los libros de matrimonio llevados por la Oficina de Registro Civil del Municipio San Diego del estado Carabobosegún acta N° 59, folio 58, tomo I, año 1988.
Particípese a la Oficina de Registro Civil respectiva así como al Registro Principal Civil del Estado Carabobo, una vez quede firme la sentencia y se decrete su ejecución.
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