En fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
Declara DESISTIDO, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado NELSON LUGO ACOSTA, en su carácter de apoderado judicial del demandadas, entidades mercantiles DEL SOL C.A, PROMOCIONES HOTELERAS, C.A, INMOBILIARIA ANTRECARIBE C.A y CLUB PRIVADO CARIBEAN KISS C.A al no comparecer a la audiencia oral y publica. Y así se decide.
CONFIRMA la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Trabajo, Marítimo y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 27-mayo-2004, que declaro sin lugar las cuestiones previas opuestas por l.....