Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PROCEDENTE la solicitud de revisión solicitada por el ciudadano JOSÉ ANTONIO COLMENÁREZ TORRES, en los términos expuesto en la presente decisión, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 264 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se le imponen las medidas contenidas en el artículo 87 numerales 5º y 6º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, así como las dispuestas en los ordinales 3º y 9º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo, se acuerda la medida contenida en el artículo 87 ordinal 1º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Ofíciese lo conducente. Líbrese boleta de excarcelación. Publíquese, regístrese y déjese copia de la present.....