Vista la solicitud realizada, mediante la distribución Nº 0889, por los ciudadanos JENNIFER KARINA SERRANO OCHOA y MARCELINA OCHOA DE SERRANO, asistidos por el abogado MARLON DE JESUS HERNANDEZ, contentiva de la solicitud de TITULO SUPLETORIO. En consecuencia, por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a ninguna disposición expresa de la ley, se acuerda darle entrada, admitirla, asignarle numero y anotarla en los libros respectivos cuanto a lugar en derecho, haciéndole saber a la parte interesada que deberá comparecer junto a dos (2) testigos el día y hora, indicado por secretaría, para su evacuación. Cúmplase con lo ordenado.