A tal efecto, por las razones de hecho y de derecho antes explanadas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVOCA LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada sobre un inmueble constituido por una casa y terreno ubicado en la calle Urdaneta, del Municipio Guigue, distrito Carlos Arvelo del Estado Carabobo, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En 12.80 Mts con casa que es o fue de la Sucesión Avila. SUR: En 12.20 Mts con la calle Urdaneta. ESTE: En 40.30 Mts. con casa y solar que es o fue de Nicolás Pérez. OESTE: En 40.30 Mts con casas que son o fueron de la Sucesión Barranco y Jesús Javier., el cual pertenece al ciudadano FAUSTINO LOSADA MÉNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº E. 81.789.055 y parte demandada en el presente procedimiento, según consta de .....