DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la  República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:  SIN LUGAR  la apelación interpuesta por la abogado SADY MONTAGNE WADSKIER, Inpreabogado  No 41.577, en su carácter de apoderado judicial de la UNIDAD EDUCATIVA JOSE MARIA VARGAS.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia  de fecha 03 de julio de 2000, dictada por el  suprimido Juzgado  Tercero de Primera Instancia  del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, y se  condena a  la UNIDAD EDUCATIVA JOSE MARIA VARGAS,  inscrita en el  Registro Mercantil Primero de la circunscripción judicial del estado Carabobo, en fecha 29 de julio de 1983, anotado bajo el N° 78, Tomo 147-B, a cancelar a la trabajadora  ALIDA COLMENARES, ya identificada, la cantidad de Bs.  OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE C.....