Por todo lo expresado; este TRIBUNAL NOVENO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN al DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMENTO, peticionado por el abogado en ejercicio CARLOS EDUARDO ESCOBAR LLAMAS, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 229.910, actuando en carácter de APODERADO JUDICIAL del ciudadano JONNATAN JOSE ACOSTA LUGO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-15.226.203, en la demanda por NULIDAD DE VENTA, en contra de los ciudadanos MARIA ISABEL MARTINEZ MONAGAS y DANIEL EDUARDO CAMPINS BAKOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-7.139.773 y V-11.310.194, respectivamente, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es con.....